martes, 20 de abril de 2010

Las Jubilaciones: tema tabú en el Tribunal Supremo de Justicia



31 magistrados se niegan a declarar sobre la resolución

Las jubilaciones: el tema tabú en el Tribunal Supremo de Justicia

Bajo la desinformación y las dudas, unos consideran que el origen de la resolución sobre la jubilación de magistrados se debe a la Ley de Emolumentos, otros lo atribuyen a una jugada política cuyo epicentro está en la futura reforma de la Ley Orgánica del TSJ.

El hermetismo es la constante. En los rostros de los funcionarios del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se dibuja el recelo que causa ese tema del que nadie quiere hablar. Esa decisión que establece nuevos términos sobre la jubilación de los máximos representantes de la justicia venezolana, que les permitiría retirarse con su actual sueldo. La opinión pública sugiere que la resolución se originó como consecuencia de la aprobación de la Ley de Emolumentos dictada por la Asamblea Nacional (AN) en diciembre de 2009, la cual establece que el tope de los ingresos de los altos funcionarios debería ser hasta 15.000 bolívares.

El 10 de marzo de 2010, la Junta Directiva del TSJ propuso a los magistrados la Resolución N° 2010-0011, con el propósito de reivindicar el derecho de jubilación. Ésta se aprobó por mayoría en Sala Plena, con sólo un voto en contra –el de la magistrada Blanca Rosa Mármol de León—y la ausencia de dos magistrados: Luis Alfredo Sucre y Marcos Tulio Dugarte.

La polémica no tardó en surgir. ¿Por qué razón si se trataba de una propuesta de reivindicación laboral? La desconfianza surge por dos razones. En primer lugar a los artículos de la propuesta se le aplicaron correcciones de forma después de aprobarla. Y en segundo lugar se sospechaba que la decisión trataba de esquivar la Ley de Emolumentos.

Comienza el descontento

La magistrada Mármol de León denunció que el contenido de los artículos debatidos en Sala Plena no fue el mismo que se publicó . Es decir, la discusión inicialmente planteaba que en el artículo 1 no se ratificaba el derecho de los magistrados a solicitar su jubilación y en el artículo 2 se estipulaba que los funcionarios no deberían continuar en sus cargos una vez otorgada la jubilación. Lo que se traduciría en un vacío de poder ya que 28 de 32 magistrados cumplen con los requisitos reglamentarios.

Posterior a los señalamientos de Mármol se aplicaron las correcciones de forma. La resolución final publicada en la web del TSJ, estipula que los magistrados deben solicitar la jubilación y permanecer en el cargo hasta que se efectúen las nuevas designaciones o hasta que se les venza el periodo constitucional.

Mármol de León confiesa que si la propuesta hubiese previsto estos artículos en su última disposición su voto hubiese sido a favor, pues no se estaba irrespetando ningún artículo, sino ratificando lo que ya la Constitución y la Ley del TSJ establecen.

Por otra parte, el diario El Nacional reseñó declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión de Política Interior del Parlamento, Iris Varela, en las cuales señala que la magistrada mintió sobre una jubilación masiva, pues sólo se trataban de dos casos.

Una voz en el silencio

Luego del descontento y de las rectificaciones en la resolución, la efervescencia ante el acontecimiento empezó a desvanecerse. Sin embargo, las dudas seguían siendo las mismas: ¿Qué hay más allá de esta resolución? ¿Qué dice el resto de los implicados? Silencio. Es el tema tabú en los pasillos y en la individualidad de los despachos.

Aún 31 magistrados se niegan a declarar. José León, asistente del magistrado Juan Rafael Perdomo, de la Sala de Casación Social, explica que la resolución no es un asunto de interés público. Se trata de un beneficio interno que sólo compete a los magistrados. Además aclara que la resolución funciona como un anticipo a la Ley de Emolumentos.

La sospecha sobre la Ley de Emolumentos empieza a gestarse como la causa única que explica la resolución, pues ésta permitía que los magistrados se jubilaran con sus sueldos actuales cercanos a 25.000 bolívares.

Mármol de León indica que su desagrado se sustenta en que se utilizó una resolución interna para salvaguardar el derecho de la progresividad laboral. “Lo correcto hubiese sido impugnarla o exponer ante la Asamblea Nacional los motivos que la hacen inconstitucional”, expresa la magistrada.

El politólogo José Vicente Carrasquero considera que con esta resolución no hay Estado de Derecho. “No se busca una vía alterna para institucionalizar la ley porque los organismos públicos tienen miedo de enfrentar el Poder Ejecutivo”, declaró. También indica que la Ley de Emolumentos difícilmente se apruebe porque: primero el presidente necesita apoyo de los magistrados y segundo los magistrados deben tener sueldos onerosos que impidan promover la corrupción.

Todos ven lo que aparenta ser, pocos ven lo que es

Gran parte de la opinión pública considera que la Ley de Emolumentos es una razón intrínseca a la resolución. Pero ¿Esta ley ha sido publicada en Gaceta Oficial? La normativa fue dictada en diciembre por la AN a raíz de un mandato presidencial, pero hasta los momentos no se ha dado el ejecútese. Por eso es difícil pensar que sea la única causa que explique la resolución.

Una fuente del TSJ que prefirió no revelar su nombre ni su cargo, señala que la Ley de Emolumentos es la treta utilizada para hacer creer que el problema se origina por los sueldos de los magistrados, cuando realmente tiene que ver con la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que se encuentra en segunda discusión y próximamente estará aprobada.

Esta reforma plantea que la designación de los sucesores ya no será por el periodo restante que le corresponde suplir, sino por una nueva legislatura de 12 años. Lo mismo ocurre con los magistrados suplentes, anteriormente eran designados por 2 años, ahora se les otorgará 6 años en el cargo.

La fuente advierte que a través de la resolución recientemente aprobada, los magistrados pueden solicitar su jubilación y seguir en el cargo hasta que se establezcan las nuevas designaciones, advirtiendo al Comité de Postulaciones Judiciales de la Asamblea Nacional que inicie el proceso de evaluación y depuración de magistraturas.

Lo indispensable es que tanto la solicitud de jubilación como la reforma de la ley del TSJ se aprueben antes de las elecciones parlamentarias del 26 de septiembre, pues actualmente la Asamblea Nacional cuenta con casi la totalidad de los votos para elegir a magistrados que asegurarán el poder oficialista.

Si la designación de magistrados se hace después del 26S el escenario podría no ser el mismo. Según los cálculos de la ONG Súmate la proporción podría ser de 47% oposición, 53% oficialismo, lo que dificultaría obtener las dos terceras partes necesarias que asegurarían el poder político oficialista en el TSJ.

No es la primera vez que se realiza una jugada política de este estilo. En el 2004 la AN no contaba con una mayoría oficialista y se decidió, a través de la Ley del TSJ, incrementar el número de magistrados de 20 a 32; de este modo aseguraban que las nuevas magistraturas fueran afines al gobierno.

Según cifras publicadas en El Nacional sólo 5 magistrados han solicitado su jubilación. ¿Cómo se explica este hecho si una mayoría votó a favor de la resolución? ¿Qué acciones futuras se llevarán con respecto a las jubilaciones? Nuevamente silencio. Se respira una tensa calma en los rincones del TSJ, mientras se espera que en un futuro inmediato se respondan estas y otras incógnitas.